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2a. XI/99 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional, Laboral

TRABAJADORES AL SERVICIO DE LOS TRES PODERES DEL ESTADO DE DURANGO. EL ARTÍCULO 1o. DE LA LEY RELATIVA QUE ESTABLECE QUE LOS ORGANISMOS PÚBLICOS DESCENTRALIZADOS SE REGULARÁN POR EL RÉGIMEN LABORAL ESTABLECIDO EN ÉSTA, VIOLA LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 116, FRACCIÓN VI Y 123 DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL.

[TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IX, Febrero de 1999; Pág. 243

Precedentes

Amparo en revisión 2425/97. Sindicato Estatal del Magisterio al Servicio de Telesecundaria Durango. 27 de noviembre de 1998. Cinco votos. Ponente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Secretaria: Angelina Hernández Hernández.

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