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VIII.2o.38 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

REVISIÓN FISCAL. INTERPOSICIÓN VÍA POSTAL DEL RECURSO. INTERRUMPE EL TÉRMINO CONSIGNADO EN EL ARTÍCULO 248 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VIII, Diciembre de 1998; Pág. 1085

Precedentes

Reclamación 7/98. Cifunsa, S.A. de C.V. 25 de junio de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Elías H. Banda Aguilar. Secretario: José Martín Hernández Simental. Nota: El criterio contenido en esta tesis contendió en la contradicción de tesis 118/98-SS resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 74/99, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo X, julio de 1999, página 254, con el rubro: " REVISIÓN FISCAL INTERPUESTA POR CORREO ."

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