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VI.2o.127 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

CONTRIBUCIONES. LOS CUESTIONAMIENTOS REALIZADOS EN CONTRA DEL OFICIO DE OBSERVACIONES SON INATENDIBLES, CUANDO SE PLANTEAN ANTE LA AUTORIDAD FISCAL QUE LO EXPIDIÓ.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VIII, Agosto de 1998; Pág. 842

Precedentes

Amparo directo 117/98. Justo Islas Vargas. 9 de julio de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Antonio Meza Alarcón. Secretario: Enrique Baigts Muñoz.

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