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IX.2o.17 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

REIVINDICATORIA. PROCEDE TAL ACCIÓN ENTRE COPROPIETARIOS, AUNQUE PREVIAMENTE NO SE HAYA DIVIDIDO LA COSA COMÚN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VII, Mayo de 1998; Pág. 1061

Precedentes

Amparo directo 161/97. Griselda Díaz de León Esqueda. 12 de junio de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Pedro Elías Soto Lara. Secretario: Rafael Rivera Durón. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XII, noviembre de 2000, página 62, tesis por contradicción 1a./J. 11/2000 de rubro " ACCIÓN REIVINDICATORIA. IMPROCEDENCIA DE SU EJERCICIO ENTRE COPROPIETARIOS .".

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