1a./J. 21/98 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Común
COMPETENCIA. PARA SU RESOLUCIÓN DEBE DARSE VALOR PROBATORIO PLENO A LAS DOCUMENTALES QUE CONTENGAN SOMETIMIENTO EXPRESO DE LAS PARTES.
[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VII, Abril de 1998; Pág. 143
Tratándose de conflictos de naturaleza competencial, únicamente para los efectos de su resolución, en estricto apego a la garantía de seguridad jurídica y siempre y cuando no existan otros elementos de convicción que se les contrapongan, debe darse pleno valor probatorio a las documentales en las que aparezca que las partes se han sometido expresa y terminantemente a la jurisdicción de determinados tribunales, aun cuando alguna de ellas demande la nulidad de tales documentos; ello, atendiendo a que esa acción constituye precisamente la sustancia de la litis que corresponde resolver al tribunal respectivo y porque el atender a dichas pruebas no conlleva prejuicio al respecto.
Precedentes
Competencia 208/96. Suscitada entre el Juez Vigésimo Séptimo Civil en el Distrito Federal y el Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Civil, del Distrito Judicial de Culiacán, Sinaloa. 30 de octubre de 1996. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Humberto Román Palacios. Ponente: Juventino V. Castro y Castro. Secretario: Roberto Javier Ortega Pineda.
Competencia 336/96. Suscitada entre el Juez Décimo Civil de Toluca, Estado de México y el Juez Cuadragésimo Sexto de lo Civil en el Distrito Federal. 27 de noviembre de 1996. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Humberto Román Palacios. Ponente: Juventino V. Castro y Castro. Secretario: Roberto Javier Ortega Pineda.
Competencia 328/96. Suscitada entre el Juez Décimo Cuarto de lo Civil en el Distrito Federal y el Juez Segundo de lo Civil del Distrito Morelos en el Estado de Chihuahua. 15 de enero de 1997. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Ponente: Juventino V. Castro y Castro. Secretaria: María Elena Leguízamo Ferrer.
Competencia 65/97. Suscitada entre el Juez Segundo de Distrito en el Estado de Morelos y el Juez Cuarto de Distrito en el Estado de Nuevo León. 27 de agosto de 1997. Cinco votos. Ponente: Juventino V. Castro y Castro. Secretario: Francisco Chávez Hochstrasser.
Competencia 55/98. Suscitada entre el Juez Segundo de Primera Instancia en Materia Civil en Mazatlán, Sinaloa y el Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil de La Paz, Baja California. 18 de marzo de 1998. Cinco votos. Ponente: Juventino V. Castro y Castro. Secretario: José Pablo Pérez Villalba.
Tesis de jurisprudencia 21/98. Aprobada por la Primera Sala de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión de primero de abril de mil novecientos noventa y ocho, por unanimidad de cinco votos de los Ministros presidente Humberto Román Palacios, Juventino V. Castro y Castro, José de Jesús Gudiño Pelayo, Juan N. Silva Meza y Olga Sánchez Cordero de García Villegas.