XX.1o.81 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
PRUEBA TESTIMONIAL DECLARADA DESIERTA. ES INCORRECTA TAL DECLARACIÓN SI NO SE HIZO EL APERCIBIMIENTO RESPECTIVO.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VII, Marzo de 1998; Pág. 816
Es incorrecto el proceder de la Junta responsable, de tener por desierta la prueba testimonial ofrecida, al no haber presentado a sus testigos la oferente, bajo el presupuesto de que se había apercibido al quejoso de que de no presentarlos en la fecha y hora señaladas, se les tendría por desierta esa probanza, si de las constancias de autos se advierte que en ningún momento se hizo tal apercibimiento.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 1298/96. Saraín Rodríguez Torres. 24 de octubre de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Horacio Felipe López Camacho, secretario de tribunal autorizado por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretario: Ronay de Jesús Estrada Solís.