VI.4o.7 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
ACTUACIONES PENALES EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL. CUANDO EL INTERESADO PARTICIPA EN ELLAS, HACEN FE DE SU PRESENCIA EN ESAS DILIGENCIAS.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VI, Septiembre de 1997; Pág. 643
El artículo
795 de la Ley Federal del Trabajo
establece que los documentos públicos expedidos por las autoridades federales, estatales o municipales, hacen fe en juicio sin que sea necesaria su legalización, mientras que el diverso
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del citado ordenamiento previene que "Cuando los documentos públicos contengan declaraciones o manifestaciones hechas por particulares, sólo prueban que las mismas fueron hechas ante la autoridad que expidió el documento ...". De la disposición acabada de citar se sigue que si en la copia certificada de una averiguación penal se contienen las declaraciones o manifestaciones de un particular, esto únicamente prueba que tales declaraciones fueron hechas ante la autoridad que expidió el documento de referencia, es decir, de esa norma puede deducirse que como el referido documento público demuestra que las declaraciones fueron hechas en presencia de la autoridad ministerial que lo expidió, entonces la persona que declaró estuvo presente el día y la hora en que se levantó la diligencia, de ahí que si el citado documento se ofrece en el procedimiento laboral, dicha actuación penal hace fe de la presencia del interesado en esa diligencia ministerial y, consecuentemente, sin prueba en contrario, tiene valor probatorio en el juicio para justificar que no se encontraba en el diverso lugar en que lo ubica el interesado de que se trate.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 102/97. Luis Enrique Fernández Figueroa. 18 de abril de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Manuel Martínez Martínez. Secretario: Enrique Antonio Pedraza Mayoral.
Nota: Por ejecutoria del 25 de septiembre de 2017, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 185/2017 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.