I.5o.T.108 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
HORAS EXTRAS. EL CONTRATO DE TRABAJO NO ES IDÓNEO PARA ACREDITARLAS.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VI, Agosto de 1997; Pág. 734
El contrato laboral no resulta ser el medio probatorio eficaz para acreditar el desempeño de tiempo extraordinario, pues en aquél únicamente aparecen las condiciones de la relación al momento de su firma, mas no necesariamente la prolongación de las actividades en lo subsecuente.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 3145/97. Santiago García Espitia. 24 de abril de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Gemma de la Llata Valenzuela. Secretario: Erubiel Arenas González.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo V, Materia del Trabajo, tesis 741, página 505, de rubro: "
HORAS EXTRAS, EL CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO NO ES LA PRUEBA IDÓNEA PARA ACREDITAR QUE EL TRABAJADOR NO LABORÓ LAS
.".