I.9o.T.39 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
HORAS EXTRAORDINARIAS. EL CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO NO ES LA PRUEBA IDONEA PARA ACREDITAR QUE EL TRABAJADOR NO HAYA LABORADO LAS.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Febrero de 1996; Pág. 425
El contrato individual de trabajo por sí solo no es la prueba idónea para acreditar que un trabajador no haya laborado tiempo extraordinario, ya que en el mismo únicamente se convienen las condiciones en que se deben prestar los servicios, pero no necesariamente que se desarrollen en los términos pactados.
NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 429/96. Construcciones Armados Estructuras en General, S.A. de C.V. 25 de enero de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro. Secretario: Carlos Alberto Bravo Melgoza.