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XXI.1o. J/6Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Común

COMPETENCIA. PARA RESOLVER UN CONFLICTO DE ESTA NATURALEZA, DEBE ATENDERSE A LAS DISPOSICIONES ESPECIALES Y NO A LA REGLA GENERAL.

[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VI, Julio de 1997; Pág. 284

Precedentes

Competencia 1/97. Suscitada entre el Juez Quinto de Distrito en el Estado de Guerrero y el Juez Décimo de Distrito en Materia Administrativa del Distrito Federal. 13 de febrero de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: José Refugio Raya Arredondo. Secretario: Luis Almazán Barrera. Competencia 2/97. Suscitada entre el Juez Quinto de Distrito en el Estado de Guerrero y el Juez Noveno de Distrito en Materia Administrativa del Distrito Federal. 13 de febrero de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Joaquín Dzib Núñez. Secretario: Ernesto Jaime Ruiz Pérez. Competencia 3/97. Suscitada entre el Juez Primero y el Juez Segundo de Distrito en el Estado de Guerrero. 20 de febrero de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: José Fernando Suárez Correa. Secretario: Fernando Rodríguez Escárcega. Competencia 4/97. Suscitada entre el Juez Quinto de Distrito en el Estado de Guerrero y el Juez Tercero de Distrito en Materia Administrativa del Distrito Federal. 20 de marzo de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Joaquín Dzib Núñez. Secretario: Dionicio O. Ramírez Avilés. Competencia 5/97. Suscitada entre el Juez Quinto de Distrito en el Estado de Guerrero y el Juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa del Distrito Federal. 3 de abril de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: José Sánchez Moyaho. Secretario: José Hernández Villegas.

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