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I.8o.C.135 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

JURISDICCIÓN VOLUNTARIA. TRATÁNDOSE DE PROVIDENCIAS DICTADAS EN SU PROCEDIMIENTO, NO SON APLICABLES LAS DISPOSICIONES GENERALES EN MATERIA DE RECURSOS.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VI, Julio de 1997; Pág. 405

Precedentes

Amparo en revisión 303/96. Manuel Gordillo Aguilar. 24 de enero de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Antonio Muñoz Jiménez. Secretario: Néstor Gerardo Aguilar Domínguez

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