IV.2o. J/20 Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
FIANZAS. DOCUMENTOS QUE LA AUTORIDAD FISCAL FEDERAL DEBE ACOMPAÑAR AL REQUERIMIENTO DE PAGO A LA AFIANZADORA, PARA JUSTIFICAR LA EXIGIBILIDAD DEL CRÉDITO.
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo V, Abril de 1997; Pág. 149
En los casos en que se haya otorgado fianza a favor de la Federación para garantizar el pago de obligaciones fiscales a cargo de terceros, la autoridad que pretenda hacerla efectiva, al requerir de pago a la afianzadora, deberá acompañar los documentos que justifiquen la exigibilidad del crédito garantizado, entre ellos la constancia de notificación a quien aparezca como fiado, de la sentencia que reconoció la validez del crédito fiscal que se cuestiona, de la que se advierta que éste ya no tiene ningún recurso o medio de defensa que hacer valer, ya sea porque los hubiere agotado sin resultado favorable para él o porque no los hubiese interpuesto, pues sólo de esa manera podrá ponerse de relieve que la fianza se ha hecho exigible, atento la debida interpretación que se impone hacer del artículo
143, párrafo tercero, inciso a), del Código Fiscal de la Federación
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SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 738/96. Afianzadora Insurgentes, S.A. 6 de noviembre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Leandro Fernández Castillo. Secretario: Daniel Cabello González.
Amparo directo 737/96. Afianzadora Insurgentes, S.A. 4 de diciembre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Guadalupe Méndez Hernández. Secretario: Jesús S. Fraustro Macareno.
Amparo directo 753/96. Afianzadora Insurgentes, S.A. 4 de diciembre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Guadalupe Méndez Hernández. Secretario: José M. Quintanilla Vega.
Amparo directo 885/96. Afianzadora Insurgentes, S.A. 4 de diciembre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Guadalupe Méndez Hernández. Secretario: José M. Quintanilla Vega.
Amparo directo 725/96. Afianzadora Insurgentes, S.A. 15 de enero de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis Arellano Pita. Secretaria: María Mercedes Magaña Valencia.