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2a./J. 10/97Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa

COMPETENCIA PARA CONOCER DE LOS CONFLICTOS DERIVADOS DE LA PRESTACION DE SERVICIOS DE LOS POLICIAS MUNICIPALES. CORRESPONDE AL TRIBUNAL FISCAL DEL ESTADO (LEGISLACION DE TAMAULIPAS).

[J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo V, Marzo de 1997; Pág. 347

Precedentes

Competencia 2/97. Suscitada entre la Junta Especial Número Cuatro de la Local de Conciliación y Arbitraje y el Tribunal de Conciliación y Arbitraje para los Trabajadores de los Municipios, ambos del Estado de Tamaulipas. 7 de febrero de 1997. Cinco votos. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretaria: Adela Domínguez Salazar. Competencia 6/97. Suscitada entre la Junta Especial Número Cuatro de la Local de Conciliación y Arbitraje y el Tribunal de Conciliación y Arbitraje para los Trabajadores de los Municipios, ambos del Estado de Tamaulipas. 7 de febrero de 1997. Cinco votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretario: Alejandro Sánchez López. Competencia 4/97. Suscitada entre la Junta Especial Número Siete de la Local de Conciliación y Arbitraje y la Junta Especial Número Treinta y Siete de la Federal de Conciliación y Arbitraje, ambas en el Estado de Tamaulipas. 12 de febrero de 1997. Cinco votos. Ponente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Secretario: Homero Fernando Reed Ornelas. Competencia 5/97. Suscitada entre la Junta Especial Número Cuatro de la Local de Conciliación y Arbitraje y el Tribunal de Conciliación y Arbitraje para los Trabajadores de los Municipios, ambos con residencia en Ciudad Victoria, Tamaulipas. 12 de febrero de 1997. Cinco votos. Ponente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Secretario: Homero Fernando Reed Ornelas. Competencia 1/97. Suscitada entre la Junta Especial Número Cuatro de la Local de Conciliación y Arbitraje y el Tribunal de Conciliación y Arbitraje para los Trabajadores de los Municipios, ambos con residencia en Ciudad Victoria, Tamaulipas. 26 de febrero de 1997. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: Mercedes Rodarte Magdaleno. Tesis de jurisprudencia 10/97. Aprobada por la Segunda Sala de este alto tribunal, en sesión privada de veintiocho de febrero de mil novecientos noventa y siete, por unanimidad de cinco votos de los Ministros Juan Díaz Romero, Mariano Azuela Güitrón, Sergio Salvador Aguirre Anguiano, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia y presidente Genaro David Góngora Pimentel. Nota: La tesis XVI/97 de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación fue aprobada en la sesión privada del doce de febrero de mil novecientos noventa y siete, la que no se publica por haber integrado la jurisprudencia que en esta ejecutoria se contiene.

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