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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/2000001

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 16 de noviembre de 2011, la Segunda Sala declaró improcedente la contradicción de tesis 441/2011, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que ya existe la jurisprudencia 2a./J. 142/2011 que resuelve el mismo problema jurídico.

I.9o.T.1 L (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Laboral
Registro digital (IUS)
2000001
Clave de tesis
I.9o.T.1 L (10a.)
Tipo
Tesis Aislada
Época
10a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Laboral
Fuente
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro II, Noviembre de 2011; Tomo 1; Pág. 612

AVISO DE RESCISIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO. CUANDO EL TRABAJADOR SE NIEGA A FIRMAR DE RECIBIDO, SE DEBE ACUDIR ANTE LA JUNTA.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro II, Noviembre de 2011; Tomo 1; Pág. 612

Precedentes

Amparo directo 834/2011. Jorge Facundo Blanco Galeana. 6 de octubre de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: Ricardo Rivas Pérez. Secretaria: Viridiana Guadalupe Farrera Valencia. Nota: Por ejecutoria del 16 de noviembre de 2011, la Segunda Sala declaró improcedente la contradicción de tesis 441/2011, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que ya existe la jurisprudencia 2a./J. 142/2011 que resuelve el mismo problema jurídico.

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