VIII.1o.47 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
RESCISIÓN DE LA RELACIÓN DE TRABAJO POR CAUSAS IMPUTABLES AL PATRÓN. CORRESPONDE AL TRABAJADOR LA CARGA DE LA PRUEBA CUANDO LA NEGATIVA DEL PATRÓN ES LISA Y LLANA, PERO SI ENCIERRA UNA AFIRMACIÓN SE LE REVIERTE A ÉSTE.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIX, Enero de 2004; Pág. 1606
Conforme lo dispuesto por el artículo
51 de la Ley Federal del Trabajo
corresponde al trabajador acreditar que tuvo causa legal suficiente para dar por rescindida la relación de trabajo por causa imputable al patrón, cuando éste niega haber dado motivo para ello; sin embargo, si esa negativa no es lisa y llana, sino que encierra una afirmación consistente en que el trabajador renunció voluntariamente a su trabajo para irse a laborar a otra negociación, se surte entonces la excepción a esa regla general, pues en tales circunstancias la carga de la prueba se revierte y no le corresponde al trabajador sino al demandado.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 453/2003. Hugo Pérez Gurrola y coags. 27 de noviembre de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: José Mario Machorro Castillo. Secretario: José Vicente Díaz Vivaldo.