I.7o.A.1 A (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
PRUEBA PERICIAL EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. ANTE LA OMISIÓN DE FIRMAR EL CUESTIONARIO ANEXO A LA DEMANDA, EL MAGISTRADO INSTRUCTOR DEBE REQUERIR AL OFERENTE PARA QUE LO PRESENTE DEBIDAMENTE REQUISITADO.
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro IV, Enero de 2012; Tomo 5; Pág. 4583
El análisis concatenado de los artículos
4o., 14 y 15 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo
lleva a considerar que el cuestionario al tenor del cual habrá de desahogarse la prueba pericial ofrecida en la demanda del juicio contencioso administrativo, tiene carácter de anexo a ésta y no de una promoción en estricto sentido, por lo que no le son aplicables las reglas que al respecto establece el numeral inicialmente citado. De manera que en el supuesto de que falte la firma del oferente en el mencionado cuestionario, el Magistrado instructor del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa debe requerirlo para que dentro del término de cinco días lo presente debidamente requisitado, bajo el apercibimiento de que de no hacerlo en tiempo se tendrá por no ofrecida la prueba, como ocurriría en el caso de no haberse exhibido el cuestionario, acorde con el quinto párrafo del citado artículo 15.
SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 426/2011. Professional Advertising, S.A. de C.V. 19 de octubre de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: Alberto Pérez Dayán. Secretaria: María del Carmen Alejandra Hernández Jiménez.