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P. CXXV/96 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Civil, Constitucional
Registro digital (IUS)
200051
Clave de tesis
P. CXXV/96
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Materia
Civil, Constitucional
Fuente
[TA]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Octubre de 1996; Pág. 180

PROMOCIONES NOTORIAMENTE IMPROCEDENTES. EL ARTICULO 124 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE TLAXCALA QUE AUTORIZA SU DESECHAMIENTO NO VIOLA LA GARANTIA DE AUDIENCIA.

[TA]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Octubre de 1996; Pág. 180

Precedentes

Amparo en revisión 422/95. Fuad Abed Cesin. 12 de agosto de 1996. Unanimidad de once votos. Ponente: Juventino V. Castro y Castro. Secretario: Teódulo Angeles Espino. El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el quince de octubre en curso, aprobó, con el número CXXV/1996, la tesis que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis de jurisprudencia. México, Distrito Federal, a quince de octubre de mil novecientos noventa y seis.

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