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I.13o.T.40 L (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Laboral

TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. PARA QUE LA AUTORIDAD LABORAL DETERMINE QUE SON DE CONFIANZA, ES NECESARIO QUE ESA CIRCUNSTANCIA SE INVOQUE COMO EXCEPCIÓN, Y NO SÓLO QUE ASÍ SE CATALOGUEN EN ALGUNA LEY DE ORDEN PÚBLICO.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XI, Agosto de 2012; Tomo 2; Pág. 2012

Precedentes

Amparo directo 216/2012. Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal. 14 de mayo de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: María del Rosario Mota Cienfuegos. Secretario: Armando Guadarrama Bautista. Nota: Por ejecutoria del 18 de noviembre de 2020, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 202/2020, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al considerar que "algunos órganos colegiados no tuvieron ante sí cuestiones idénticas y, por ende, no es posible considerar que exista un punto de objeción, en la medida que las cuestiones de hecho que caracterizan cada uno de los asuntos que aquí se denunciaron como contradictorios, denotan una diferencia medular que genera que el estudio que llevaron a cabo los Tribunales Colegiados de Circuito, haya sido distinto y sustentado en aspectos disímiles que traen como consecuencia la imposibilidad de actualizar la existencia de la contradicción de tesis que se denunció."

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