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2a./J. 122/2012 (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaS.C.J.N.Laboral
Registro digital (IUS)
2002425
Clave de tesis
2a./J. 122/2012 (10a.)
Tipo
Jurisprudencia
Época
10a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Materia
Laboral
Fuente
[J]; 10a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro XV, Diciembre de 2012; Tomo 1; Pág. 1002

TRABAJADORES AL SERVICIO DE ENTIDADES FEDERATIVAS. LA DETERMINACIÓN DE QUE EXISTIÓ UNA RELACIÓN LABORAL NO IMPLICA NECESARIAMENTE QUE EL TRIBUNAL DEL TRABAJO TENGA POR SATISFECHA LA PRETENSIÓN DEL ACTOR Y CONDENE A SU REINSTALACIÓN EN UNA PLAZA DE BASE.

[J]; 10a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro XV, Diciembre de 2012; Tomo 1; Pág. 1002

Precedentes

Contradicción de tesis 275/2012. Entre las sustentadas por el Tribunal Colegiado del Trigésimo Segundo Circuito y el Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Tercera Región, con residencia en Guanajuato, Guanajuato. 5 de septiembre de 2012. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Sergio A. Valls Hernández; en su ausencia hizo suyo el asunto Luis María Aguilar Morales. Secretario: Luis Javier Guzmán Ramos. Tesis de jurisprudencia 122/2012 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del doce de septiembre de dos mil doce.

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