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2a./J. 53/2013 (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaS.C.J.N.Laboral
Registro digital (IUS)
2003665
Clave de tesis
2a./J. 53/2013 (10a.)
Tipo
Jurisprudencia
Época
10a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Materia
Laboral
Fuente
[J]; 10a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro XX, Mayo de 2013; Tomo 1; Pág. 786

NOTIFICACIONES PERSONALES EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL. DEBEN REALIZARSE DIRECTAMENTE CON EL INTERESADO O CON LA PERSONA AUTORIZADA.

[J]; 10a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro XX, Mayo de 2013; Tomo 1; Pág. 786

Precedentes

Contradicción de tesis 547/2012. Entre las sustentadas por el Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Circuito y el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito. 6 de febrero de 2013. Cinco votos. Ponente: Alberto Pérez Dayán. Secretario: Alejandro García Núñez. Tesis de jurisprudencia 53/2013 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del trece de marzo de dos mil trece.

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