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1a./J. 6/96Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Penal

ORDEN DE COMPARECENCIA. DEBE ESTUDIARSE SU CONSTITUCIONALIDAD AUN CUANDO EL QUEJOSO LA DESIGNE ERRONEAMENTE COMO ORDEN DE APREHENSION.

[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Febrero de 1996; Pág. 196

Precedentes

Contradicción de tesis 37/95. Entre las sustentadas por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito y el Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito. 9 de febrero de 1996. Cinco votos. Ponente: Juventino V. Castro y Castro. Secretario: Indalfer Infante Gonzales. Tesis de jurisprudencia 6/96. Aprobada por la Primera Sala de este alto tribunal, en sesión de nueve de febrero de mil novecientos noventa y seis, por cinco votos de los Ministros: presidente Juventino V. Castro y Castro, Humberto Román Palacios, José de Jesús Gudiño Pelayo, Juan N. Silva Meza y Olga María Sánchez Cordero de García Villegas.