X.C.T.2 L (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Laboral
PRUEBA PERICIAL EN EL JUICIO LABORAL. SI LA AUTORIDAD DESIGNA AL PERITO POR CONSIDERAR QUE TIENE LOS CONOCIMIENTOS NECESARIOS, NO PUEDE DESESTIMAR SU DICTAMEN EN EL LAUDO, PORQUE NO ACREDITÓ LEGALMENTE SER ESPECIALISTA EN LA MATERIA.
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XXVI, Noviembre de 2013; Tomo 2; Pág. 1412
Si la prueba pericial la ofreció el trabajador y, previa su solicitud, la autoridad designa al profesional, por estimar que contaba con los conocimientos necesarios para opinar en el caso, entonces, al dictar el laudo no puede considerar que el perito no acreditó legalmente ser especialista en la materia y que, por ello, su dictamen carece de valor probatorio, so pena de incurrir en incongruencia.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 666/2013. José Luis Rodríguez Rodríguez. 3 de septiembre de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Alejandro Navarro Suárez. Secretaria: Nora María Ramírez Pérez.