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2a./J. 50/96Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Común

NULIDAD PARA EFECTOS. EXISTE INTERES JURIDICO PARA IMPUGNAR EN AMPARO LA SENTENCIA QUE DECLARA LA NULIDAD PARA EFECTOS DE UNA RESOLUCION EXPRESA, SI EL QUEJOSO PRETENDE QUE DEBIO SER LISA Y LLANA.

[J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Octubre de 1996; Pág. 282

Precedentes

Contradicción de tesis 8/96. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado del Quinto Circuito y Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito. 13 de septiembre de 1996. Cinco votos. Ponente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Secretaria: Angelina Hernández Hernández. Tesis de jurisprudencia 50/96. Aprobada por la Segunda Sala de este alto tribunal, en sesión pública de trece de septiembre de mil novecientos noventa y seis, por unanimidad de cinco votos de los Ministros: Juan Díaz Romero, Mariano Azuela Güitrón, Sergio Salvador Aguirre Anguiano, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia y presidente Genaro David Góngora Pimentel.