2a./J. 50/96Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Común
NULIDAD PARA EFECTOS. EXISTE INTERES JURIDICO PARA IMPUGNAR EN AMPARO LA SENTENCIA QUE DECLARA LA NULIDAD PARA EFECTOS DE UNA RESOLUCION EXPRESA, SI EL QUEJOSO PRETENDE QUE DEBIO SER LISA Y LLANA.
[J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Octubre de 1996; Pág. 282
Cuando la parte actora en un juicio ante el Tribunal Fiscal de la Federación demanda la nulidad de una resolución expresa y obtiene solamente la nulidad para efectos, y no la lisa y llana que pretende, se le causa un perjuicio directo a su interés jurídico, en tanto que la sentencia aparentemente favorable limita el alcance de la nulidad demandada. Lo anterior, con independencia de que, en su caso, pudiera demandar la nulidad del nuevo acto que dictara la autoridad administrativa en acatamiento de la sentencia del Tribunal Fiscal.
Precedentes
Contradicción de tesis 8/96. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado del Quinto Circuito y Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito. 13 de septiembre de 1996. Cinco votos. Ponente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Secretaria: Angelina Hernández Hernández.
Tesis de jurisprudencia 50/96. Aprobada por la Segunda Sala de este alto tribunal, en sesión pública de trece de septiembre de mil novecientos noventa y seis, por unanimidad de cinco votos de los Ministros: Juan Díaz Romero, Mariano Azuela Güitrón, Sergio Salvador Aguirre Anguiano, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia y presidente Genaro David Góngora Pimentel.