2a. VI/2014 (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaS.C.J.N.Común
AMPARO DIRECTO. CONTRA LA OMISIÓN DEL TRIBUNAL COLEGIADO DE ORDENAR NOTIFICAR PERSONALMENTE UNA SENTENCIA DE AMPARO DIRECTO, PROCEDE RECURSO DE RECLAMACIÓN EN CONTRA DEL AUTO QUE LA DECLARE EJECUTORIA.
[TA]; 10a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 3, Febrero de 2014; Tomo II; Pág. 1475
Cuando alguna de las partes en el juicio de amparo directo se vea afectada con motivo de la orden de notificación por lista de la resolución de ese juicio, no obstante que conforme al criterio de esta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación contenido en la tesis 2a. XIV/2010 (*) es obligación del Tribunal Colegiado de Circuito ordenar su notificación personal, previamente a interponer el recurso de revisión en amparo directo, debe hacer valer el de reclamación contra el auto que la declare ejecutoriada.
SEGUNDA SALA
Precedentes
Recurso de reclamación 195/2013. Juan José Zermeño Tello. 27 de noviembre de 2013. Cinco votos de los Ministros Luis María Aguilar Morales, Alberto Pérez Dayán, José Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos y Sergio A. Valls Hernández, con el voto en contra de José Fernando Franco González Salas respecto de la consideración de cómo debe impugnarse la notificación mal hecha; Margarita Beatriz Luna Ramos votó con salvedades y en contra de alguna de las consideraciones. Ponente: José Fernando Franco González Salas. Secretarios: Juan Pablo Rivera Juárez, Enrique Sumuano Cancino, Aurelio Damián Magaña y Everardo Maya Arias.
Recurso de reclamación 529/2013. Arochi, Marroquín y Linder, S.C. 4 de diciembre de 2013. Cinco votos de los Ministros Luis María Aguilar Morales, Alberto Pérez Dayán, José Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos y Sergio A. Valls Hernández; votó con salvedad José Fernando Franco González Salas. Ponente: Sergio A. Valls Hernández. Secretarios: Arnoldo Castellanos Morfín y Luis Javier Guzmán Ramos.