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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/2006000

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 17 de enero de 2018, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inexistente la contradicción de tesis 174/2017, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, en virtud de que los Tribunales Colegiados denunciados resolvieron de forma distinta al Tribunal Colegiado denunciante, toda vez que los problemas jurídicos eran diferentes.

I.4o.C.25 C (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Civil
Registro digital (IUS)
2006000
Clave de tesis
I.4o.C.25 C (10a.)
Tipo
Tesis Aislada
Época
10a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Civil
Fuente
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 4, Marzo de 2014; Tomo II; Pág. 1961
Publicación
2014-03-21

TERCEROS. LA RELACIÓN DE SUPUESTOS DE SU INTERVENCIÓN EN EL PROCESO ES ENUNCIATIVA (CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL).

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 4, Marzo de 2014; Tomo II; Pág. 1961

Precedentes

Amparo directo 420/2013. Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE), organismo descentralizado de la Administración Pública Federal y otro. 5 de septiembre de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Leonel Castillo González. Secretaria: María Elena Corral Goyeneche. Nota: Por ejecutoria del 17 de enero de 2018, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inexistente la contradicción de tesis 174/2017, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, en virtud de que los Tribunales Colegiados denunciados resolvieron de forma distinta al Tribunal Colegiado denunciante, toda vez que los problemas jurídicos eran diferentes.

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Registro digital (IUS): 2006000 · Publicación: 2014-03-21