XVI.1o.A. J/9 (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
COMPETENCIA DE LAS SUBDELEGACIONES DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. CUANDO SE ESTIME QUE DERIVA DEL ACUERDO NÚMERO 534/2006, EMITIDO POR EL CONSEJO TÉCNICO DE DICHO ORGANISMO, BASTA SU INVOCACIÓN GENÉRICA PARA CONSIDERARLA FUNDADA.
[J]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 5, Abril de 2014; Tomo II; Pág. 1290
De acuerdo con el artículo séptimo transitorio del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, se dejó a cargo de su consejo técnico determinar los supuestos en que las facultades de los delegados que sean concurrentes con las señaladas para los subdelegados, deben ser ejercidas por aquéllos. Esos supuestos se encuentran previstos en el Acuerdo número 534/2006, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de diciembre de 2006, que establece las facultades exclusivas de dichos delegados. En estas condiciones, si el acuerdo se refiere sólo a facultades exclusivas de éstos, cuando se estime que la competencia de las subdelegaciones del organismo referido deriva de él, basta su invocación genérica para considerarla fundada, pues es innecesario que sus titulares citen de manera específica algún punto, párrafo o apartado del acuerdo indicado, habida cuenta que no se refiere a sus atribuciones.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 429/2013. Vitalizadora Rodríguez y Nieto, S.A. de C.V. 19 de septiembre de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Ramiro Rodríguez Pérez. Secretario: Juan Carlos Nava Garnica.
Amparo directo 430/2013. Grupo Piletas, S.A. de C.V. 26 de septiembre de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Ramiro Rodríguez Pérez. Secretario: Misael Esteban López Sandoval.
Amparo directo 474/2013. Quinn México, S.A. de C.V. 31 de octubre de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Arturo Amaro Cázarez, secretario de tribunal autorizado para desempeñar las funciones de Magistrado, en términos del artículo 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Secretario: Edgar Martín Gasca de la Peña.
Amparo directo 526/2013. Deportivo Súper Líder, S.A. de C.V. 14 de noviembre de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Ramiro Rodríguez Pérez. Secretario: Juan Carlos Nava Garnica.
Amparo directo 651/2013. 16 de enero de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Ariel Alberto Rojas Caballero. Secretario: Nelson Jacobo Mireles Hernández.