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2a. CXI/95 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Común

REPETICION DEL ACTO RECLAMADO. EN EL INCIDENTE RELATIVO SON APLICABLES, SUPLETORIAMENTE, LAS NORMAS DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, RELATIVAS AL OFRECIMIENTO Y DESAHOGO DE PRUEBAS EN INCIDENTES.

[TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Diciembre de 1995; Pág. 406

Precedentes

Incidente de inconformidad 145/95. Angel Martínez Reyna y otra, como representantes de la Unión de Campesinos "General Emiliano Zapata", A.C. 24 de noviembre de 1995. Cinco votos. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretario: Roberto Lara Hernández.

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