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III.4o.C.25 C (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Civil

ADULTOS MAYORES. RESULTA INNECESARIO ORDENAR LA REPOSICIÓN DEL PROCEDIMIENTO NATURAL, A FIN DE DARLE INTERVENCIÓN AL AGENTE DE LA PROCURADURÍA SOCIAL, SI NO SE DEMOSTRÓ QUE QUEDARON EN ESTADO DE INDEFENSIÓN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO).

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 10, Septiembre de 2014; Tomo III; Pág. 2353

Precedentes

Amparo directo 255/2014. Miguel Rico Facundo y otro. 12 de junio de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Alberto Casasola Mendoza. Secretario: Abel Briseño Arias. Nota: La presente tesis aborda el mismo tema que las sentencias dictadas por el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, en los amparos directos 886/2012, 70/2013 y 132/2013, que fueron objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 228/2013, del índice de la Primera Sala, cuyo expediente original fue remitido para su resolución al Pleno en Materia Civil del Tercer Circuito, quien la radicó con el número 3/2013 y la declaró sin materia, en sesión de 3 de diciembre de 2013. El criterio contenido en esta tesis es objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 4/2014, pendiente de resolverse por el Pleno en Materia Civil del Tercer Circuito.

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