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PC.XXIX. J/1 C (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoCivil, Común
Registro digital (IUS)
2008038
Clave de tesis
PC.XXIX. J/1 C (10a.)
Tipo
Jurisprudencia
Época
10a. Época
Instancia
Plenos de Circuito
Materia
Civil, Común
Fuente
[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 12, Noviembre de 2014; Tomo II; Pág. 1218
Publicación
2014-11-28

ANOTACIÓN REGISTRAL PREVENTIVA DE LA DEMANDA Y DE SU AUTO ADMISORIO EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD. CONSTITUYE UN ACTO DE IMPOSIBLE REPARACIÓN, IMPUGNABLE A TRAVÉS DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO.

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 12, Noviembre de 2014; Tomo II; Pág. 1218

Precedentes

Contradicción de tesis 1/2014. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero y Segundo, ambos del Vigésimo Noveno Circuito. 27 de octubre de 2014. Unanimidad de cinco votos de los Magistrados presidente Aníbal Lafragua Contreras, Elsa Hernández Villegas, Miguel Vélez Martínez, José Guadalupe Sánchez González y Guillermo Arturo Medel García. Ponente: Magistrado José Guadalupe Sánchez González. Secretaria: Irma Ramírez Rivera. Criterios contendientes: El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito, al resolver el amparo en revisión 31/2014, y el diverso sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito, al resolver el amparo en revisión 59/2014.

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Registro digital (IUS): 2008038 · Publicación: 2014-11-28