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I.2o.A.2 K (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Común

QUEJA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 97, FRACCIÓN I, INCISO B), DE LA LEY DE AMPARO. EL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO ESTÁ OBLIGADO A RESOLVERLA, PESE A QUE EL JUEZ DE DISTRITO INFORME QUE HA CELEBRADO LA AUDIENCIA INCIDENTAL, SI NO HA RESUELTO RESPECTO DE LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA, YA QUE SUBSISTE LA MATERIA DE ESTUDIO.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 15, Febrero de 2015; Tomo III; Pág. 2821

Precedentes

Queja 356/2014. Jefe del Servicio de Administración Tributaria. 3 de diciembre de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Gaspar Paulín Carmona. Secretaria: Jessica Ariana Torres Chávez. Queja 358/2014. Jefe del Servicio de Administración Tributaria. 4 de diciembre de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Hugo Figueroa Carro, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretaria: María Isabel Bernal Hernández. Queja 20/2015. Jefe del Servicio de Administración Tributaria. 13 de enero de 2015. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Hugo Figueroa Carro, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretaria: María Isabel Bernal Hernández.

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