Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
PC.X. J/1 L (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoLaboral

PERSONALIDAD EN LOS JUICIOS LABORALES BUROCRÁTICOS. PARA TENERLA POR ACREDITADA DEBE APLICARSE LA LEY DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO DE TABASCO Y, EN SU CASO, AL NO SER EXCLUYENTE NI CONTRADICTORIA SINO COMPLEMENTARIA, LA LEY ORGÁNICA DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE TABASCO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE TABASCO).

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 19, Junio de 2015; Tomo II; Pág. 1360

Precedentes

Contradicción de tesis 1/2014. Entre las sustentadas por el Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo y el Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo, ambos del Décimo Circuito. 9 de septiembre de 2014. Unanimidad de votos de los Magistrados Roberto Alejandro Navarro Suárez, Josefina del Carmen Mora Dorantes y Rosa Iliana Noriega Pérez. Ausente: Edgar Humberto Muñoz Grajales. Ponente: Josefina del Carmen Mora Dorantes. Secretaria: Lorena Orquídea Cerino Moyer. Criterios contendientes: El sustentado por el Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Circuito, al resolver el recurso de revisión 172/2012 y el diverso sustentado por el Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Circuito, al resolver el recurso de revisión 56/2013.