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I.13o.C.11 K (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Común

CONEXIDAD. LA RESOLUCIÓN QUE LA DECLARA FUNDADA ES RECLAMABLE EN AMPARO INDIRECTO.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 22, Septiembre de 2015; Tomo III ; Pág. 1965

Precedentes

Queja 106/2015. Yair de Jesús Carrera Muñoz. 17 de junio de 2015. Unanimidad de votos. Ponente: María Concepción Alonso Flores. Secretario: Jorge Bautista Soria. Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de criterios 63/2023, resuelta por el Pleno Regional en Materia Civil de la Región Centro-Sur, con residencia en Guadalajara, Jalisco, de la que derivó la tesis jurisprudencial PR.C.CS. J/16 C (11a.), de rubro: “JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. RESULTA IMPROCEDENTE CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE DECLARA FUNDADA LA EXCEPCIÓN DE CONEXIDAD DE LA CAUSA (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 107, FRACCIÓN VIII, DE LA LEY DE AMPARO).”

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