XI.1o.A.T.51 A (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Administrativa, Común
INTERÉS JURÍDICO EN EL AMPARO. QUIENES DEMUESTREN HABER SIDO USUARIOS DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE DURANTE 2013, LO TIENEN PARA RECLAMAR LA INCONSTITUCIONALIDAD TANTO DE LA FACULTAD DEL AYUNTAMIENTO DE MORELIA, MICHOACÁN, PARA APROBAR LAS CUOTAS Y TARIFAS DE LOS DERECHOS CORRESPONDIENTES PARA 2014, COMO DE SU AUMENTO.
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 22, Septiembre de 2015; Tomo III ; Pág. 2060
Si el quejoso exhibe una prueba documental con la que demuestra haber sido usuario del servicio de suministro de agua potable en 2013, con ello acredita su interés jurídico para reclamar la inconstitucionalidad tanto de la facultad del Ayuntamiento de Morelia para aprobar las cuotas y tarifas de los derechos por la prestación del servicio de abastecimiento de agua potable, contenida en el artículo 54, fracción I, inciso a), de la Ley de Ingresos de ese Municipio para el ejercicio fiscal del año 2014, como de su aumento, contenido en el Decreto que establece las tarifas para el cobro de los servicios que prestan el Organismo Operador de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Morelia y las Juntas Locales Municipales para el ejercicio fiscal del año 2014, precisamente por el carácter de usuario porque, al aplicar el principio ontológico, si el particular utilizó el servicio en 2013, es claro que va a requerirlo el año siguiente, por ser el suministro del líquido vital imprescindible en la vida de los seres humanos.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 138/2014. Organismo Operador de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Morelia y otro. 29 de enero de 2015. Mayoría de votos. Disidente: Hugo Sahuer Hernández. Ponente: Víctorino Rojas Rivera. Secretario: Jesús Santos Velázquez Guerrero.