Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
PC.V. J/5 C (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoCivil

INCIDENTE DE LIQUIDACIÓN DE COSTAS. EL JUZGADOR NO ESTÁ OBLIGADO A DECRETAR LA NOTIFICACIÓN PERSONAL DEL AUTO QUE ORDENA SU APERTURA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE SONORA).

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 22, Septiembre de 2015; Tomo II ; Pág. 1136

Precedentes

Contradicción de tesis 4/2014. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito y el entonces Segundo Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, actualmente Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito. 27 de mayo de 2015. Mayoría de cuatro votos de los Magistrados David Solís Pérez, Óscar Javier Sánchez Martínez, Armida Elena Rodríguez Celaya y José Manuel Blanco Quihuis. Disidente: Juan Manuel García Figueroa. Ponente: Óscar Javier Sánchez Martínez. Secretario: Rolando Fimbres Molina. Tesis y/o criterios contendientes: Tesis de rubro: "COSTAS, NOTIFICACIONES EN LAS.", aprobada por el Segundo Tribunal Colegiado del Quinto Circuito y publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo X, julio de 1992, página 353, y El sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito, al resolver el amparo en revisión 206/2013.

→ Más tesis en materia civil