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I.1o.A.E.117 A (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

COMPETENCIA ECONÓMICA. LA EXIGENCIA DE PRESENTAR LA INFORMACIÓN QUE PERMITA DETERMINAR EL MERCADO RELEVANTE Y EL PODER SUSTANCIAL DE UN DETERMINADO AGENTE ECONÓMICO, ESTABLECIDA EN EL ARTÍCULO 33 BIS, FRACCIÓN I, DE LA ABROGADA LEY FEDERAL RELATIVA, NO IMPLICA QUE AMBOS ELEMENTOS SE DEFINIRÁN, EXCLUSIVAMENTE, CON LA INFORMACIÓN Y LAS PRUEBAS APORTADAS POR EL SOLICITANTE.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 27, Febrero de 2016; Tomo III; Pág. 2038

Precedentes

Amparo en revisión 90/2015. Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones y otros. 5 de noviembre de 2015. Unanimidad de votos. Ponente: Patricio González-Loyola Pérez. Secretario: Mario Jiménez Jiménez. Nota: Con motivo de la entrada en vigor del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal por el que se cambia la denominación de Distrito Federal por Ciudad de México en todo su cuerpo normativo, la denominación actual del órgano emisor es la de Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República.

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