Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
2a./J. 88/2016 (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional, Laboral

SEGURO SOCIAL. PROCEDENCIA DE LA AYUDA ASISTENCIAL ANTE LA INEXISTENCIA DE ESPOSA O ESPOSO, CONCUBINA O CONCUBINARIO, HIJOS MENORES DE 16 AÑOS O PADRES QUE DEPENDAN ECONÓMICAMENTE DEL PENSIONADO.

[J]; 10a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 33, Agosto de 2016; Tomo II; Pág. 1277

Precedentes

Contradicción de tesis 45/2016. Entre las sustentadas por el Pleno en Materia de Trabajo del Sexto Circuito y los Tribunales Colegiados en Materia de Trabajo Primero, Séptimo, Décimo, Décimo Primero y Décimo Quinto, todos del Primer Circuito, y Primero del Tercer Circuito. 22 de junio de 2016. Cinco votos de los Ministros Eduardo Medina Mora I., Javier Laynez Potisek, José Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos y Alberto Pérez Dayán. Ponente: Eduardo Medina Mora I. Secretario: Luis Javier Guzmán Ramos. Criterios contendientes: El sustentado por el Pleno en Materia de Trabajo del Sexto Circuito, al resolver la contradicción de tesis 3/2015, el sustentado por el Décimo Quinto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, al resolver el amparo directo 1545/2014, el sustentado por el Décimo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, al resolver el amparo directo 1578/2013, el sustentado por el Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, al resolver el amparo directo 1642/2014, el sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, al resolver el amparo directo 203/2014, el sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, al resolver el amparo directo 748/2013, y el diverso sustentado por el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, al resolver los amparos directos 1017/2014 y 2147/2014. Tesis de jurisprudencia 88/2016 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del trece de julio de dos mil dieciséis.

Tesis relacionadas

→ Más tesis en materia laboral