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(IV Región)2o.2 CS (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Constitucional
Registro digital (IUS)
2012568
Clave de tesis
(IV Región)2o.2 CS (10a.)
Tipo
Tesis Aislada
Época
10a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Constitucional
Fuente
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 34, Septiembre de 2016; Tomo IV; Pág. 2853
Publicación
2016-09-09

PENSIÓN DE VIUDEZ. EL ARTÍCULO 154, FRACCIÓN II, DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL DEROGADA, QUE ESTABLECE COMO CONDICIÓN PARA SU OTORGAMIENTO QUE HAYA TRANSCURRIDO UN AÑO DESDE LA CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO CON EL ASEGURADO, CUANDO A SU REALIZACIÓN ÉSTE CUENTE CON MÁS DE 55 AÑOS DE EDAD, CONTIENE UNA DISTINCIÓN BASADA EN UNA CATEGORÍA SOSPECHOSA.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 34, Septiembre de 2016; Tomo IV; Pág. 2853

Precedentes

Amparo directo 101/2016 (cuaderno auxiliar 288/2016) del índice del Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito, con apoyo del Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz. Elizabeth Patlán Rodríguez. 30 de junio de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Córdova del Valle. Secretaria: Lucero Alejandra de Alba Peña.

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Registro digital (IUS): 2012568 · Publicación: 2016-09-09