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PC.IV.A. J/28 A (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoAdministrativa, Común

BOLETA DE INFRACCIÓN QUE IMPONE UNA MULTA POR TRANSGREDIR ALGUNA DISPOSICIÓN REGLAMENTARIA MUNICIPAL. PARA QUE SE ACTUALICE LA EXCEPCIÓN AL PRINCIPIO DE DEFINITIVIDAD EN EL AMPARO, LA AUSENCIA DE FUNDAMENTACIÓN EN AQUÉLLA DEBE SER ABSOLUTA.

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 34, Septiembre de 2016; Tomo II; Pág. 895

Precedentes

Contradicción tesis 11/2015. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero y Tercero, ambos en Materia Administrativa del Cuarto Circuito. 24 de mayo de 2016. Unanimidad de tres votos de los Magistrados Miguel Ángel Cantú Cisneros, Antonio Ceja Ochoa y José Carlos Rodríguez Navarro. Ponente: Miguel Ángel Cantú Cisneros. Secretaria: Liliana Alejandra Hernández Herrera. Criterios contendientes: El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, al resolver los amparos en revisión 80/2010 y 239/2015, y el diverso sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, al resolver el amparo en revisión 220/2015. Nota: La tesis aislada 2a. LVI/2000 citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XII, julio de 2000, página 156, con el rubro: "DEFINITIVIDAD. EXCEPCIONES A ESE PRINCIPIO EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO."

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