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PC.III.C. J/25 C (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoCivil

HONORARIOS. LA CÉDULA PROFESIONAL CONSTITUYE UN DOCUMENTO FUNDATORIO DE LA ACCIÓN DE PAGO, DERIVADA DE UN CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES, POR LO QUE DEBE ADJUNTARSE INDEFECTIBLEMENTE AL ESCRITO DE DEMANDA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO ANTERIOR AL DECRETO DE REFORMAS 24842/LX/14, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL LOCAL EL 8 DE ABRIL DE 2014).

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 35, Octubre de 2016; Tomo III; Pág. 1875

Precedentes

Contradicción de tesis 1/2016. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero, Segundo, Tercero, Cuarto y Quinto, todos en Materia Civil del Tercer Circuito. 16 de agosto de 2016. Mayoría de cuatro votos de la Magistrada Martha Leticia Muro Arellano y los Magistrados Víctor Manuel Flores Jiménez, Arturo Barocio Villalobos y Jaime Julio López Beltrán. Disidente y Ponente: Luis Núñez Sandoval. Encargado del engrose: Arturo Barocio Villalobos. Secretario: Jorge Antonio Torres Cornejo. Criterios contendientes: El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, al resolver el amparo directo 295/2010, el sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, al resolver el amparo directo 709/2014, el sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, al resolver el amparo directo 473/2011, el sustentado por el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, al resolver el amparo directo 388/2008, y el diverso sustentado por el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, al resolver los amparos directos 209/2013 y 718/2015.

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