Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
III.7o.A.2 K (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Común

AMPARO DIRECTO EN MATERIA ADMINISTRATIVA. PROCEDE CONTRA LA SENTENCIA DEFINITIVA Y EL AUTO QUE DESECHA EL RECURSO INTERPUESTO EN SU CONTRA POR NO SER EL IDÓNEO.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 42, Mayo de 2017; Tomo III; Pág. 1868

Precedentes

Amparo directo 37/2016. 12 de enero de 2017. Mayoría de votos. Disidente: Moisés Muñoz Padilla. Ponente: Claudia Mavel Curiel López. Secretario: Roberto Valenzuela Cardona. Nota: La parte conducente de la ejecutoria relativa a la contradicción de tesis 508/2011 y las tesis de jurisprudencia 1a./J. 78/2012 (10a.) y 1a./J. 51/2004 citadas, aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro XII, Tomo 1, septiembre de 2012, páginas 403 y 428 y Novena Época, Tomo XX, agosto de 2004, página 21, respectivamente. Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de criterios 255/2023 del índice de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, desechada por notoriamente improcedente, mediante acuerdo de presidencia de 10 de agosto de 2023. Por ejecutoria del 8 de mayo de 2024, la Segunda Sala declaró improcedente la contradicción de criterios 84/2024, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, en virtud de que una de las sentencias en que uno de los criterios discrepantes fue emitido no ha causado ejecutoria al haber sido recurrida.