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XX.106 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

INCIDENTE DE LIQUIDACION DE INTERESES. AUN CUANDO NO HAYA OPOSICION DE LA CONTRARIA, EL JUZGADOR ESTA OBLIGADO A ANALIZAR LOS ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DE LA ACCION DEL.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Septiembre de 1996; Pág. 657

Precedentes

Amparo en revisión 77/96. Banco Nacional de Comercio Interior, S.N.C. 20 de junio de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Avendaño. Secretario: Manuel de Jesús Cruz Espinosa.

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