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(IV Región)2o.12 C (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Civil, Constitucional

DENEGADA APELACIÓN EN JUICIOS DEL ORDEN FAMILIAR. EL HECHO DE QUE EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS FAMILIARES DEL ESTADO DE YUCATÁN NO LA PREVEA, NO DEJA EN ESTADO DE INDEFENSIÓN A LAS PARTES, SI EL DESECHAMIENTO DE LA APELACIÓN PUEDE IMPUGNARSE EN EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 46, Septiembre de 2017; Tomo III; Pág. 1814

Precedentes

Amparo directo 951/2016 (cuaderno auxiliar 278/2017) del índice del Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Décimo Cuarto Circuito, con apoyo del Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz. 11 de mayo de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: José de Jesús Gómez Hernández, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretario: Adrián Domínguez Torres.