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PC.IV.C. J/9 K (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoComún

INCIDENTE DE DAÑOS Y PERJUICIOS EN EL JUICIO DE AMPARO. TIENE COMO LÍMITE DE RESPONSABILIDAD LAS GARANTÍAS Y CONTRAGARANTÍAS OTORGADAS PARA LA EFICACIA O INEFICACIA DE LA SUSPENSIÓN (ARTÍCULOS 129 DE LA LEY DE AMPARO ABROGADA Y 156 DE LA VIGENTE).

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 50, Enero de 2018; Tomo II; Pág. 974

Precedentes

Contradicción de tesis 4/2017. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Segundo y Tercero, ambos en Materia Civil del Cuarto Circuito. 19 de septiembre de 2017. Unanimidad de tres votos de los Magistrados Pedro Pablo Hernández Lobato, Francisco Eduardo Flores Sánchez y Agustín Arroyo Torres. Ponente: Agustín Arroyo Torres. Secretaria: María Luisa Guerrero López. Tesis y/o criterios contendientes: El sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Cuarto Circuito, al resolver la queja 75/2016, y el diverso sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Cuarto Circuito, al resolver la queja 3/2017.