III.5o.A.52 A (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Administrativa, Común
TÍTULOS DE CONCESIÓN PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS. SU OTORGAMIENTO Y CONDICIONES SON DE UTILIDAD PÚBLICA Y DE INTERÉS GENERAL (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO).
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 51, Febrero de 2018; Tomo III; Pág. 1569
De los artículos 1o., fracción IV y último párrafo, 3o., fracción VI, 4o., 5o., fracción VIII, 6o., fracción V, 15, fracción I, incisos b) y c), 98 y 99 de la Ley de Movilidad y Transporte del Estado de Jalisco, se advierte que las disposiciones de este ordenamiento son de orden público e interés social, las cuales tienen por objeto determinar las bases para planear, establecer, regular, administrar, controlar y supervisar el servicio público de transporte, para la satisfacción de las necesidades sociales, por lo cual, su prestación debe ser higiénica, ordenada, regular, continua, segura y acorde a las necesidades de la población, en atención al interés social y al orden público. Asimismo, establecen que es atribución del Ejecutivo local, incorporar a las condiciones conforme a las cuales se lleva a cabo dicho servicio, todas las modalidades que redunden en beneficio del interés público, de conformidad con el artículo 50, fracción XX, de la Constitución Política de la entidad. Por tanto, las personas físicas o jurídicas que deseen prestar el servicio público de transporte colectivo de pasajeros requerirán de una concesión, cuyo otorgamiento y condiciones son de utilidad pública y de interés general, de acuerdo con los preceptos citados.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Incidente de suspensión (revisión) 131/2017. Secretario de Movilidad del Estado de Jalisco. 3 de agosto de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Juan José Rosales Sánchez. Secretaria: Raquel Centeno Gallegos.
Incidente de suspensión (revisión) 209/2017. Director General Jurídico de la Secretaría de Movilidad del Estado de Jalisco. 17 de agosto de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Juan José Rosales Sánchez. Secretario: Antonio Gómez Luna Zepeda.
Incidente de suspensión (revisión) 258/2017. Director General Jurídico de la Secretaría de Movilidad del Estado de Jalisco. 31 de agosto de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Héctor Cortés Ortiz. Secretario: Raúl Octavio González Cervantes.