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1a. LXXIII/2018 (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaS.C.J.N.Civil

MEDIOS PREPARATORIOS A JUICIO. EL ARTÍCULO 1070 DEL CÓDIGO DE COMERCIO ES INAPLICABLE PARA NOTIFICARLOS AL DEUDOR A TRAVÉS DE EDICTOS EN UN JUICIO MERCANTIL, AUN ACUDIENDO AL PRINCIPIO DE INTERPRETACIÓN MÁS FAVORABLE A LA PERSONA.

[TA]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 55, Junio de 2018; Tomo II; Pág. 966

Precedentes

Amparo en revisión 389/2017. Laboratorios Agroenzymas, S.A. de C.V. 13 de septiembre de 2017. Unanimidad de cuatro votos de los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, José Ramón Cossío Díaz, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Norma Lucía Piña Hernández. Ausente y Ponente: Jorge Mario Pardo Rebolledo, en su ausencia hizo suyo el asunto Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Secretaria: Mercedes Verónica Sánchez Miguez.

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