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PC.XV. J/35 A (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoAdministrativa

PRESCRIPCIÓN DE LAS FACULTADES DE LA COMISIÓN DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA MUNICIPAL DE TIJUANA. EL PLAZO DE 2 AÑOS PARA QUE OPERE DEBE COMPUTARSE A PARTIR DE QUE RECIBE LA SOLICITUD DE INICIO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 59, Octubre de 2018; Tomo II; Pág. 1644

Precedentes

Contradicción de tesis 15/2018. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Tercero y Sexto, ambos del Décimo Quinto Circuito. 18 de septiembre de 2018. Unanimidad de seis votos de los Magistrados Jorge Alberto Garza Chávez, Jaime Ruiz Rubio, Gerardo Manuel Villar Castillo, Fabricio Fabio Villegas Estudillo, Inosencio del Prado Morales y Abel A. Narváez Solís. Ponente: Fabricio Fabio Villegas Estudillo. Secretaria: Cinthya Ivette Valenzuela Arenas. Criterios contendientes: El sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, al resolver el amparo en revisión 89/2018, y el diverso sustentado por el Sexto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, al resolver los amparos en revisión 100/2017 y 188/2017. Nota: En términos del artículo 44, último párrafo, del Acuerdo General 52/2015, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reforma, adiciona y deroga disposiciones del similar 8/2015, relativo a la integración y funcionamiento de los Plenos de Circuito, esta tesis forma parte del engrose relativo a la contradicción de tesis 15/2018, resuelta por el Pleno del Decimoquinto Circuito.

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