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PC.VI.P. J/5 P (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoComún, Penal

ORDEN DE CITACIÓN EMITIDA POR EL MINISTERIO PÚBLICO EN LA AVERIGUACIÓN PREVIA SEGUIDA EN EL SISTEMA PENAL MIXTO O TRADICIONAL. EN SU CONTRA ES IMPROCEDENTE EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO, CUANDO NO CONTIENE APERCIBIMIENTO EN CASO DE INASISTENCIA.

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 62, Enero de 2019; Tomo III; Pág. 1341

Precedentes

Contradicción de tesis 1/2018. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero, Segundo y Tercero, todos en Materia Penal del Sexto Circuito. 30 de octubre de 2018. Mayoría de dos votos de los Magistrados José Manuel Vélez Barajas y Armando Mata Morales. Disidente: Jesús Rafael Aragón. Ponente: Armando Mata Morales. Secretaria: Matilde Garay Sánchez. Criterios contendientes: El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito, al resolver el amparo en revisión 283/2009, el sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito, al resolver el amparo en revisión 1/2018, y el diverso sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito, al resolver los amparos en revisión 387/2014 y 388/2015. Nota: En términos del artículo 44, último párrafo. del Acuerdo General 52/2015, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reforma, adiciona y deroga disposiciones del similar 8/2015, relativo a la integración y funcionamiento de los Plenos de Circuito, esta tesis forma parte del engrose relativo a la contradicción de tesis 1/2018, resuelta por el Pleno en Materia Penal del Sexto Circuito.