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XV.3o.16 P (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Penal

PRUEBAS DOCUMENTAL Y MATERIAL EN EL SISTEMA PENAL ACUSATORIO. PARA CONSIDERARSE VÁLIDAS, DEBEN INCORPORARSE EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 383 DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 62, Enero de 2019; Tomo IV; Pág. 2609

Precedentes

Amparo directo 278/2018. 23 de noviembre de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: Rómulo Amadeo Figueroa Salmorán. Secretario: Héctor Gabriel Tanori González. Nota: Por ejecutoria del 18 de mayo de 2022, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inexistente la contradicción de criterios 359/2021, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al considerar que "los análisis emprendidos por los tribunales contendientes contienen distintos supuestos jurídicos, mismos que lejos de ser contradictorios, pueden ser aplicados de manera complementaria."