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2a./J. 55/2019 (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa

AGENTES ADUANALES. ESTÁN SUJETOS A LAS INFRACCIONES Y MULTAS PREVISTAS EN LOS ARTÍCULOS 184-A, FRACCIÓN II Y 184-B, FRACCIÓN I, DE LA LEY ADUANERA, ACORDE CON LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LOS NUMERALES 6o., 20, FRACCIÓN VII, 36, 36-A Y 59-A DEL ORDENAMIENTO LEGAL CITADO.

[J]; 10a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 65, Abril de 2019; Tomo II; Pág. 1165

Precedentes

Contradicción de tesis 427/2018. Entre las sustentadas por el Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Vigésimo Circuito y el Décimo Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito. 13 de febrero de 2019. Unanimidad de cuatro votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Eduardo Medina Mora I., José Fernando Franco González Salas y Javier Laynez Potisek. Ausente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Ponente: José Fernando Franco González Salas. Secretario: Roberto Fraga Jiménez. Criterios contendientes: El sustentado por el Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Vigésimo Circuito, al resolver el amparo directo 736/2017, y el diverso sustentado por el Décimo Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, al resolver el amparo directo 352/2016. Tesis de jurisprudencia 55/2019 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del seis de marzo de dos mil diecinueve.

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