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2a./J. 70/2019 (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaS.C.J.N.Laboral

PROCEDIMIENTO ORDINARIO EN EL JUICIO LABORAL. DEBE SEGUIRSE PARA SUSTANCIAR LAS DEMANDAS CON RECLAMOS MIXTOS QUE CONTIENEN PRESTACIONES, INDEPENDIENTES ENTRE SÍ, EXIGIBLES EN LA VÍA ORDINARIA Y EN LA ESPECIAL DE SEGURIDAD SOCIAL.

[J]; 10a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 66, Mayo de 2019; Tomo II; Pág. 1458

Precedentes

Contradicción de tesis 1/2019. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Segundo del Séptimo Circuito, Décimo Tercero del Primer Circuito y Tercero del Tercer Circuito, todos en Materia de Trabajo. 20 de marzo de 2019. Cuatro votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Eduardo Medina Mora I., José Fernando Franco González Salas y Javier Laynez Potisek. Ponente: José Fernando Franco González Salas. Secretario: Héctor Orduña Sosa. Tesis y criterio contendientes: Tesis III.3o.T.44 L (10a.), de título y subtítulo: "PROCEDENCIA DE LA VÍA EN MATERIA LABORAL. EN RECLAMOS MIXTOS DONDE UNO DE LOS CODEMANDADOS SEA EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, AL QUE SE LE DEMANDAN PRESTACIONES ESPECÍFICAS E INDEPENDIENTES DE LAS QUE SE RECLAMAN AL PATRÓN, LA VÍA A SUSTANCIAR EN EL PROCEDIMIENTO ES LA ‘ESPECIAL’, POR SER LA PRIVILEGIADA E IDÓNEA PARA DILUCIDAR LOS CONFLICTOS INDIVIDUALES DE SEGURIDAD SOCIAL, SIN QUE SEA FACTIBLE DIVIDIR LA CONTINENCIA DE LA CAUSA.", aprobada por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito y publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 16 de noviembre de 2018 a las 10:27 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 60, Tomo III, noviembre de 2018, página 2308, y El sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Séptimo Circuito, al resolver el amparo directo 14/2018. Tesis de jurisprudencia 70/2019 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del tres de abril de dos mil diecinueve.

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